REGLAMENTO
DE ESTUDIOS DE POSGRADO
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo
1° Finalidad del reglamento
El
presente Reglamento regirá la organización y el desarrollo de los estudios de
posgrado que se realicen en el INFOTEC, el personal académico y los alumnos de
los estudios de posgrado deberán sujetarse a las disposiciones generales que en
este se señalan.
Artículo 2°
Para los propósitos del presente
reglamento se utilizaran los siguientes términos:
· Programa.
Conjunto de actividades curriculares dirigidas a la formación.
· Coordinación
Académica. Es la instancia que coordina las actividades académico-
administrativas y de apoyo para el buen desarrollo de un Programa.
· Cuatrimestre.
Unidad de tiempo en que se divide la maestría, que consta de 6 cuatrimestres
· Reglamento
General. Las disposiciones contenidas en el presente documento.
· Observancia. Cumplimiento
exacto de una ley o regla
· Estudiante.
Es aquella persona que se encuentra inscrita en algún Programa o curso.
· Periodo
Escolar. Tiempo en que se dividen las diferentes actividades académicas del
Programa.
· Cursos.
Son las unidades de enseñanza que constituyen el Programa; estos pueden ser
teóricos, prácticos o teórico-prácticos.
· Profesor
externo. Es aquel que no pertenece al Programa. Puede ser un profesor por
contrato, visitante o invitado a realizar alguna actividad académica
Artículo 3° Definición
de estudios de posgrado
Son estudios de posgrado los que se realizan después de
la licenciatura; tienen como finalidad la
formación
de profesionales y académicos del más alto nivel, y se imparten en las
modalidades
presencial,
abierta, a distancia o mixta. Al término de los estudios de posgrado se
otorgarán los
grados
de especialista, maestro o doctor.
Artículo 4° Qué
profesionales forma el posgrado
Los estudios de maestría proporcionarán al alumno una
formación amplia y sólida en un campo de conocimiento y tienen como objetivo:
desarrollar en los estudiantes una alta capacidad para el ejercicio
profesional.